Artigas Advocats | El Gobierno aprueba el Proyecto de ley del recurso de casación en materia de derecho civil de Catalunya
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El Gobierno aprueba el Proyecto de ley del recurso de casación en materia de derecho civil de Catalunya

El Gobierno aprueba el Proyecto de ley del recurso de casación en materia de derecho civil de Catalunya

Los asuntos de familia tendrán más facilidad para ser resueltos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El nuevo texto, si bien mantiene la llamada suma gravaminis-que se refiere a la cuantía del asunto, y que en derecho de familia bien determinado por el importe de las pensiones y / o cuantía de la compensación económica -, reduce el importe con el objetivo de incrementar el número de asuntos que puedan tener acceso a la casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. También se establece la posibilidad de recurrir cualquier tipo de asuntos si concurre «interés casacional». El Estatuto atribuye en exclusiva al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la unificación de la interpretación del derecho de Cataluña. El Código civil de Cataluña establece que se debe tener en cuenta la jurisprudencia del TSJC para interpretar y aplicar el derecho civil catalán. Cuestión de importante relevancia teniendo en cuenta que el nuevo libro segundo entrará en vigor el mes de enero de 2011, la interpretación será necesaria para desarrollar. El Gobierno ha aprobado el Proyecto de ley que regula el recurso de casación en materia de derecho civil de Cataluña. El texto aprobado desarrolla el artículo 95.3 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que atribuye en exclusiva al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la unificación de la interpretación del derecho de Cataluña. Asimismo, el mencionado Proyecto de ley se fundamenta en el artículo 130 del Estatuto, que atribuye a la Generalitat la competencia para dictar las normas procesales específicas derivadas de las particularidades del derecho de Cataluña.

El recurso de casación es la vía prioritaria de acceso al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de los asuntos civiles regidos por el derecho catalán, y el derecho de familia es uno de sus ámbitos.

Es, por tanto, el principal instrumento procesal para que este Tribunal pueda llevar a cabo la tarea que le atribuye el Estatuto en relación con el derecho civil catalán. El texto regula este medio de impugnación y sus criterios de acceso para que el derecho catalán pueda contar de manera eficaz con un elemento esencial para su interpretación y aplicación.

La consolidación del derecho civil catalán va ligada a la existencia efectiva de una jurisprudencia que haga una interpretación adecuada de las normas propias. Cabe recordar que el artículo 111-2.2 del Código Civil de Cataluña establece que la jurisprudencia del TSJC se debe tener en cuenta para interpretar y aplicar el derecho civil catalán. Por otra parte, la experiencia evidencia que, actualmente, el número de recursos de casación que llegan al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no es muy elevado y se circunscribe a determinados ámbitos del derecho catalán.